Loading...

ComEx Updates Edición 9

24 de julio de 2023

SIRA: Procesamiento para modificar dato adicional “IIP-ANT-GIR-DIV

Como consecuencia de distintas consultas de los operadores, la AFIP habilitó formalmente el procedimiento para RECTIFICAR la información consignada en el dato adicional “IIP-ANT-GIR-DIV” incluido en la declaración SIRA, a través de una Multinota Electrónica Aduanera (MUELA), disponible desde el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

Recordemos que en los casos cuando el declarante se encuentra registrando una SIRA por la cual ya se ha efectuado uno o varios pagos al exterior, sea por el monto total o parcial de la operación, se debe responder “afirmativamente” la siguiente pregunta de arancel, que se presenta al presupuesto general: “La presente declaración se realiza a los efectos de reemplazar una o más SIMI – SIRA registradas con anterioridad, utilizadas para efectuar uno o más giros al exterior por pagos de importación”, ante lo cual surge un mensaje de error solicitando al declarante lo siguiente: “Error [-9999]: Conforme las validaciones realizadas, deberá declarar en el o en los datos IIP-ANT-GIR-DIV 1-2-3-4-5 la o las declaraciones SIMI/SIRA registradas con anterioridad a través de las cuales efectuó el giro de divisas”.

Es decir, el SIM indica al declarante que deberá declarar a nivel carátula, el N° de la/s SIMI/SIRA que se reemplaza/n, desde la solapa de “Información Complementaria”, bajo los códigos “IIP-ANT-GIR-DIV1”, “IIP-ANT-GIR-DIV2”, “IIP-ANT-GIR-DIV3”, “IIP-ANT-GIR-DIV-4” y “IIP-AMT-GIR-DIV5”, según sea el caso que se presenta.

Ahora, el formato correcto a declarar en el dato complementario “IIP-ANT-GIR-DIV” se encuentra conformado por 16 dígitos alfanuméricos corridos, SIN ESPACIOS, que conforman la SIRA, por ejemplo “12125SIRA124765J”, pero a veces se brinda mayor información en ese campo respecto la operación que se está imponiendo, lo que supone mayor cantidad de caracteres, en letras, números o símbolos; de darse esta circunstancia aparecerá el siguiente mensaje de error que impide avanzar con el registro aduanero: “- 1 – [1] – Oficializar () – Declaración XXXXXXXXXXXXXXXXXX Inexistente (dato complementario IIP-ANT-GIR-DIV)”, tampoco puede ese dato adicional ser modificado ni eliminado ya que el sistema no lo permite y emite el siguiente mensaje de error: “-1 – [1] – Oficializar () – RG. 3823/2015: Complementario (IIP-ANT-GIR-DIV) Inexistente”.

Efectivamente si hay información distinta en el N° de la SIRA se percibe como una incompatibilidad no pudiéndose concluir con la oficialización del despacho y consecuentemente el SIM hará que la SIRA resulte inutilizable.

Ante esta situación y con la finalidad de que el declarante pueda hacer uso de la SIRA aprobada, sin verse en la necesidad de solicitar una nueva, la AFIP comunicó al CDA que los declarantes podrán solicitar tal RECTIFICACIÓN por medio del SITA con multinota bajo el Subtrámite “10042 – Presentación ante Departamento Programas y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera”.

Se agrega link al archivo publicado en el Micrositio de AFIP con el procedimiento del Subtrámite 10042: 

https://www.afip.gob.ar/sita/documentos/Presentacion-ante-Departamento-Programas-y-Normas-de-Procedimientos-de-Recaudacion-Aduanera.pdf

To top