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ComEx Updates Edición 69

16 de septiembre de 2024

SIMELA (Sistema Métrico Legal Argentino) – Importantes modificaciones a la importación de mercaderías que tienen esa exigencia técnica

Partiendo de la base de que:

  • Resulta indispensable alinear las políticas aplicables al mercado interno, procediendo a una verdadera desburocratización y simplificación de los procesos productivos en relación con el usuario, así como a la eliminación de todas las trabas y obstáculos al comercio que solo han generado incrementos en los costos de las transacciones y pérdidas de tiempo en la gestión de los trámites para los proveedores, lo que finalmente redunda en un perjuicio para los consumidores.
  • Resulta necesario ampliar los servicios que puedan brindar los laboratorios a incorporarse al Servicio Nacional de Aplicación, incorporando la realización de los ensayos establecidos en el reglamento técnico y metrológico para las verificaciones periódicas de los instrumentos de medición reglamentados.
  • La implementación de buenas prácticas en materia de simplificación para el funcionamiento del Sector Público Nacional tiene como objetivo generar mejores regulaciones, dando transparencia a los procesos regulatorios, buscando en consecuencia el crecimiento económico, la libre competencia, el crecimiento del comercio y la inversión.

Así y en el objetivo de simplificar el procedimiento para la presentación de las solicitudes de Aprobación de Modelo, las Verificaciones Primitivas y las Verificaciones Periódicas de los Instrumentos de Medición reglamentados, como también determinar un procedimiento claro para los demás trámites que se realizan en el área de metrología legal, a fin de reducir la discrecionalidad en los mismos; la Secretaría de Industria y Comercio a través de la Resolución N° 276/2024 designó al ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACIÓN y a los ORGANISMOS CERTIFICADORES ACREDITADOS ante el mismo, como “partes integrantes del Servicio Nacional de Aplicación de la Ley 19.511” (Sistema Métrico Legal Argentino) y modificatorias.

De la citada norma destacamos los siguientes conceptos:

1. Se comunica a la ADUANA que el control documental y/o físico realizados en el marco del SIMELA, en lo que respecta a las destinaciones de importación de Instrumentos de Medición, serán efectuados conforme a la presente resolución, aquí en análisis. 

2. Los trámites y procedimientos se realizarán a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).

3. A los efectos de acceder a la emisión de Declaraciones de Conformidad de instrumentos de medición reglamentados, todo fabricante o importador deberá requerir al organismo certificador acreditado ante el Organismo Argentino de Acreditación, la realización de una auditoría sobre el o los ensayos que a la fecha realiza para constatar la conformidad de las unidades producidas con el modelo aprobado y con la reglamentación vigente.

Aclaración:

  • El número de instrumentos que se ensayarán en dicha auditoría dependerá del volumen de producción del solicitante, quien deberá contar con patrones propios con trazabilidad a los patrones nacionales, sobre cuya validez y vigencia el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) deberá expedirse previamente.
  • Hasta la realización de la citada auditoría, las empresas que la hubieran solicitado podrán emitir declaraciones de conformidad.”

4. Se autoriza al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), y a los laboratorios de ensayos privados acreditados ante el Organismo Argentino de Acreditación y a los organismos de certificación acreditados ante el Organismo Argentino de Acreditación, a efectuar, en todo instrumento de medición reglamentado, los ensayos, certificaciones y/o cualquier otro procedimiento técnico necesario para la aprobación de modelo, verificación primitiva y verificación periódica.

5. Hasta el 31/03/2025 regirá de manera conjunta con lo dispuesto por la presente Resolución N° 276/2024 un RÉGIMEN TRANSITORIO que refiere a:

  • Procedimiento para la solicitud de aprobación de modelo
  • Incorporación de un nuevo miembro a la familia de instrumentos aprobada
  • Cancelación de una aprobación de modelo
  • Cesión y/o extensión de derechos
  • Procedimiento para la verificación primitiva
  • Procedimiento para declaración de conformidad (verificación inicial utilizando el sistema de gestión de calidad del fabricante)
  • Procedimiento para la solicitud de la verificación periódica 
  • Verificación posterior a la reparación
  • Procedimiento de la vigilancia de uso
  • Requisitos y procedimiento para el reconocimiento de reparadores
  • Requisitos y procedimiento para la acreditación de fabricantes e importadores para emitir declaraciones de conformidad

6. Todo trámite iniciado bajo los alcances de la Resolución N° 611/2019 (Normas y Procedimientos sobre Operaciones de Control Metrológico) , tendrán validez legal para su continuación y hasta su finalización. Pudiendo el interesado solicitar reencausar su trámite conforme a la Res. 276/2024.

7. Definiciones alcanzadas: Certificación, Certificado de Aprobación de Modelo, Certificado de Reconocimiento de Acreditación de Laboratorio de Ensayo, Certificado de Reconocimiento de Acreditación de Organismos de Certificación, Certificado de Reconocimiento de Fabricantes e Importadores para Emitir Declaraciones de Conformidad, Certificado de Reconocimiento de Reparador Autorizado, Certificado de Verificación, Declaración de Conformidad, Informe de Ensayo, Inspección por Muestreo, Laboratorio de Ensayo, Modelo Base, Muestreo, Organismo de Acreditación, Organismo de Certificación, Organismos de Evaluación de la Conformidad, Organismo de Inspección, Servicio Nacional de Aplicación (Secretaría de Industria y Comercio), Sistema de Certificación OIML-CS (Organización Internacional de Metrología Legal), Variante, Variante Administrativa, Verificación por Muestreo, Vigencia de Uso.

8. INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN REGLAMENTADOS:

  1. Instrumentos Automáticos para pesaje en movimiento de vehículos de carretera 
  2. Medidores de agua potable 
  3. Termómetros clínicos de líquido termométrico en vidrio
  4.  Medidores de energía eléctrica en corriente alterna 
  5. Medidores de concentración de alcohol en aire exhalado (etilómetros) 
  6. Medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua 
  7. Sistemas de Medición de Gas Natural comprimido de uso vehicular 
  8. Tanques fijos de almacenamiento 
  9. Termómetros clínicos electrónicos 
  10. Termómetros clínicos de mercurio en vidrio 
  11. Taxímetros 
  12. Instrumentos para el pesaje de vehículos por ejes o tándem de ejes 
  13. Medidas materializadas de longitud de uso general 
  14. Cinemómetros 
  15. Medidas de masa (pesas) 
  16. Medidas de capacidad (patrón y calibración) 
  17. Instrumentos de pesar de funcionamiento no automático 
  18. Surtidores de nafta, kerosene y gas oil 
  19. Probetas y vasos graduados 

 

La Resolución 276/2024 fue publicada en el B.O. N°35.505 del 16/09/2024 comenzando a regir a partir de los 10 días hábiles contados desde hoy 16 de septiembre.

 

Agregamos link a la citada norma con sus 7 ANEXOS: 

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