SEDI (Sistema Estadístico de Importaciones) – Se recuerdan algunos aspectos:
- Desaparecen las SIRA y SIRASE no aprobadas o canceladas. Presentar nueva SEDI.
- Las SEDI son oficializadas siempre y cuando la AFIP considere que el CEF es suficiente.
- Al cargar la SEDI debe declararse el N° de Expediente del organismo público que corresponda intervenir, pero NO su aprobación.
- No hay LA ni LNA.
- Posteriormente, los organismos la aprobarán o no, es decir impondrán el estado “SALI” que será exigible sólo en la oficialización del despacho.
- Si no lo aprueban o rechazan en 30 días, el sistema automáticamente otorgará el estado “SALI”
- Validez: 360 días
- No requieren SEDI: muestras, franquicias, donaciones, solicitudes particulares, Courier y provenientes del AAE-TF
- Tolerancias de la SEDI: hasta el 7% en más o en menos para valor FOB unitario y el 7% en más para la cantidad, sin restricciones para la cantidad en menos.
- Modificaciones al SEDI, se publican en el micrositio de la AFIP, teniendo vigencia a los 30 días de emitidas.