REPOSTOCK – Régimen de reposición de existencias: Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General N° 5.613/2024 incorporó al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA) la autorización de importación de mercadería con el beneficio de “reposición de stock” emitida por la Subsecretaría de Comercio Exterior de la Secretaría de Industria y Comercio, Artículo 29 bis del Decreto N° 1.330/2004 y modificatorios.
Así, la autorización para la importación con beneficio de reposición de stock que emite la Subsecretaría aludida será gestionada a través del sistema VUCEA, acto que garantiza la validación automática en el Sistema informático Malvina (SIM).
La resolución en análisis reemplaza el Anexo VII de la RG N° 2147, determinando las bases actualizadas del régimen.
Además:
- Las áreas de Sistemas, Telecomunicaciones y Recaudación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) junto con la Dirección General de Aduanas, podrán dictar las normas complementarias para su puesta en práctica.
- Se elimina la vieja NOTA EXTERNA N° 58/2008 (DGA), toda vez que ahora se encuentran integrados los desarrollos en el SIM.
La Resolución General N° 5.613/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.567 del 13/12/2024 con vigencia a partir de los 10 días hábiles contados a partir de esa fecha.
A continuación, se agrega link a dicha resolución y ANEXO VII de la RG N° 2.147 modificado, para su consulta, de aplicar el régimen “REPOSTOCK”: