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ComEx Updates Edición 111

7 de julio de 2025

Régimen de reposición de stock – Novedades

De acuerdo con la solicitud de la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), respecto el criterio que se debe aplicar en el Régimen de Reposición de Existencias (Repostock), para garantizar la coherencia entre las UNIDADES DE COMERCIALIZACIÓN y las Tipificadas en los CTC/CTIT, la Dirección de Técnica de Importación, estableció que:

  • Cuando existan diferencias entre la unidad de comercialización (por ej. gramos) y la unidad técnica del CTIT (por ej. kilogramos), podrá utilizarse un múltiplo o submúltiplo de la unidad de venta, siempre que ambas pertenezcan al Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA).
  • Este criterio aplica a las destinaciones de importación a consumo realizadas bajo el Régimen Repostock, contribuyendo a mantener la trazabilidad y el control automatizado del stock.

Es decir que, si la unidad base es la misma (como gramos y kilogramos), se podrá declarar indistintamente una u otra, respetando la coherencia entre la documentación respaldatoria y los registros del sistema.

Así, la Dirección Técnica de Importación concluyó que “correspondería considerar válida la declaración, siempre que el declarante utilice múltiplos y submúltiplos de la unidad de venta para expresar los totales facturados”.

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