Recordatorio: Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA)
Se recuerda que las entidades bancarias están difundiendo la solicitud de la “Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA)”, para regularizar tenencias tanto en pesos como en dólares y traer fondos del exterior.
Luego de abierta la cuenta se tendrá un tiempo hasta el 30 de septiembre de 2024 para acreditar los fondos, debiéndose mantener en esa cuenta, salvo que se los utilice para los siguientes destinos:
- Pagos VEP especiales de regularización de activos
- Inversiones en superfondos habilitados para esta regularización, acciones y bonos
- Transferencias a cuentas CERA propias o de terceros
- Operaciones onerosas debidamente documentadas, para el caso de bienes regularizados por un monto de hasta USD 100.000
Corresponde mencionar que, una vez finalizado dicho plazo, habiendo regularizado hasta USD 100.000, se puede decidir cómo utilizar los fondos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que para montos mayores a USD 100.000, los fondos deberán permanecer en la cuenta o utilizarlos para los destinos ya indicados hasta el 31 de diciembre de 2025. De no hacerlo, corresponderá una retención del 5% en concepto de Impuesto Especial de Recaudación.