Loading...

ComEx Updates Edición 71

30 de septiembre de 2024

Precursores químicos – Certificados de importación y exportación se incorporan a la ventanilla única de comercio exterior (VUCE)

De acuerdo con la Resolución Conjunta N° 2/2024 la AFIP junto con el Ministerio de Seguridad determinaron incorporar a la VUCE los certificados de importación y exportación de precursores químicos emitidos por el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).

Dichos certificados deberán ser presentados al momento de la oficialización de las solicitudes de las destinaciones de importación o exportación, definitivas o temporarias, de acuerdo a las pautas procedimentales establecidas en el ANEXO I de la citada resolución.

Aclaración:

  • También será necesario observar las pautas contenidas en el “Manual de Usuario Externo” que estará disponible en el micrositio “Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)” del sitio “web” de la AFIP (https://www.afip.gob.ar/vuce).
  • Para las sustancias químicas o productos de la Lista II (Productos químicos esenciales, específicos o aptos para la fabricación o elaboración de ESTUPEFACIENTES y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS) del Anexo III del Decreto N° 593/2019, se deberán observar las pautas procedimentales contenidas en el ANEXO II de la resolución aquí comentada.
  • Se deroga la Resolución ANA N° 2.020/1993  y sus modificatorias y sus complementarias a partir de 

Cabe destacar que tanto la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones, la Dirección General de Aduanas y la Subsecretaría de Lucha Contra el Narcotráfico de la Secretaría de Lucha Contra el Narcotráfico y la Criminalidad Organizada del Ministerio de Seguridad, podrán dictar las normas complementarias necesarias.

La Resolución Conjunta N° 2/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.514 del 27/09/2024 con vigencia a partir de esa fecha, mientras que sus disposiciones rigen a partir de los 10 días hábiles de esa fecha, es decir a partir del 11/10/2024.

Aclaración importante:

Aquellos certificados de importación o exportación de precursores químicos emitidos por el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE) con anterioridad a la entrada en vigor de la presente y que aún se encuentren vigentes al momento de su declaración en el Sistema Informático MALVINA (SIM), quedarán excluidos del procedimiento descripto aquí comentado.

Agregamos link, a la citada resolución con sus ANEXOS I y II, para su consulta:

To top