Loading...

ComEx Updates Edición 70

23 de septiembre de 2024

Permiten que fondos del blanqueo se destinen a la compra de bienes para inversión

Respecto las medidas fiscales paliativas y relevantes contenidas en el Título II de la Ley N° 27.743 de regularización de activos del país y del exterior, la Secretaría de Industria y Comercio mediante la Resolución N° 279/2024 aprobó el listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común MERCOSUR (NCM) correspondiente a la adquisición de bienes con destino a la inversión productiva, sin pagar penalidad.

Entre otras/os, destacamos:

Tubos, caños, andamios, calderas, generadores de gas, turbinas de vapor, motores de explosión, turbinas hidráulicas, turbo propulsores a gas, bombas, máquinas y aparatos de acondicionamiento de aires, hornos industriales o laboratorio, laminadoras, centrifugadores y aparatos para filtros líquidos o grasos, balanzas, máquinas y grúas, carretillas apiladoras, topadoras autopropulsadas, palas cargadoras, compactadoras, excavadoras, palas mecánicas, máquinas y aparatos agrícolas, prensas estrujadoras y máquinas para la producción de vinos, maquinas para la fabricación de papel, materiales de impresión, máquinas para la industria textil, lavarropas y secarropas, fresadoras, pulidoras, maquinaria para trabajar madera, corcho, piedra; grupos electrógenos, transformadores y convertidores, cables, fibra óptica, locomotoras, vehículos para desplazamiento en nieve, helicópteros, aeronaves no tripuladas, barcos.

Estas compras exentas de multas, podrán efectuarse mediante transferencias de una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) hacia cualquier otro tipo de cuentas, que no sean necesariamente cuentas CERA.

La Resolución 279/2024 fue publicada en el B.O. N°35.507 del 18/09/2024 con plena vigencia desde esa fecha.

 

Agregamos link a la citada norma con su ANEXO de posiciones arancelarias: 

To top