Padrón de deuda comercial por importaciones con proveedores del exterior – RG 5466/2023 – Ciudadano (permite registrar manualmente la deuda comercial)
Informamos que se encuentra habilitado un Nuevo Servicio AFIP denominado “Declaración Jurada Deuda Importador – RG 5466/2023 – Ciudadano” generado para la registración de la Deuda Comercial por importaciones de Bienes y/o Servicios en el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”.
MUY IMPORTANTE:
La ventaja de este nuevo servicio denominado “ Declaración Jurada Deuda Importador – RG 5466/2023 – Ciudadano” es que permite registrar manualmente la Deuda Comercial (de una por vez) sin necesidad de subir ningún archivo CSV, procedimiento informático que venía generando gran cantidad de inconsistencias que impedía a los Importadores aportar la información requerida.
Se sugiere especial atención a los requisitos establecidos para dicha acción, teniendo en cuenta el escaso plazo otorgado (Vencimiento: 10/01/2024):
Para la incorporación del Servicio “Declaración Jurada Deuda Importador – RG 5466/2023 – Ciudadano”, deberán ingresar por la opción NUEVA RELACIÓN y no por la Opción ADHERIR SERVICIO:
Para dar de alta un servicio para una persona jurídica y/o sucesión indivisa deberá efectuar los siguientes pasos:
1) Ingrese en nuestra página Web: www.afip.gob.ar
2) Acceso con Clave Fiscal
3) Consigne su CUIT, clave fiscal, y presione «Ingresar»
4) Ingrese al «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal» que se encuentra bajo el título «Servicios Administrativos Clave Fiscal»
5) Seleccione la CUIT con la que desea operar y marque la opción «Nueva relación», NO la opción «Adherir servicio».
6) Presione «Buscar» en el campo «Representado» y seleccione la CUIT de la persona jurídica con la que desea trabajar
7) Presione «Buscar» en el campo «Servicios» y Seleccione «AFIP» >> «Servicios Interactivos»
8) Indique el servicio que desea habilitar. “Declaración Jurada Deuda Importador – RG 5466/2023 – Ciudadano”,
9) Luego presione «Buscar» en el campo de representante e indique la persona humana que va a operar el servicio. Marque «Buscar» nuevamente y «Confirmar» dos veces.
10) Visualizará el F. 3283/E (no resulta necesaria su impresión)
11) Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar al sistema con su CUIT y clave fiscal, para poder visualizar habilitado el servicio para operar.
Tenga en cuenta que, si el servicio ha sido delegado, deberá aceptar el mismo para poder visualizarlo dentro del listado de sistemas habilitados. El usuario designado deberá aceptar la delegación mediante el servicio «Aceptación de Designación». Hasta tanto no se concrete dicha aceptación, no podrá actuar como tal respecto de los servicios que le fueran delegados.
Aclaraciones:
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- Carga Masiva de Deuda: seleccionar esa opción solo en el caso que quieran registrar la deuda comercial subiendo un archivo en formato CSV.
- Registración de Deuda: seleccionar dicha opción en caso que quieran registrar manualmente la Deuda Comercial. Deberán ingresar “Una Deuda por vez” y luego “Agregarla”.
- Gestión de la Deuda: podrán consultar el estado de la registración de la Declaración Jurada de Deuda Comercial
- Los estados son “Registrado” o “Anulado”
- La declaración jurada podrá ser anulada y reemplazada por otra, cuando debido a un error involuntario la información no refleje la veracidad de los datos, dentro del plazo de 3 días a contar desde su registro.