Minería – Importante resolución
Mediante la Resolución N° 6/2024 la Secretaría de Minería sustituyó el Artículo 17 de la Resolución 89/2019, ahora las autorizaciones de importación, desafectación o transferencia podrán ser suscriptas indistintamente por el titular de la Subsecretaría de Desarrollo Minero, de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras, de la Dirección de Inversiones Mineras o la Dirección de Análisis y Desarrollo de Proyectos de Inversión Minera, o por los órganos que los reemplacen.
Con el dictado de la presente medida el recientemente designado Secretario de Minería, Dr. Luis Lucero, destrabó las importaciones de equipamiento e insumos para los proyectos que se encontraban frenados por falta de un funcionario que firmará las autorizaciones del régimen minero por las compras al exterior.
Recordemos que estos productos, bienes e insumos se encuentran alcanzados por la Ley 24.196 que prevé la importación con beneficios arancelarios por dicha reglamentación de Inversiones Mineras.
La Resolución N° 6/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.406 del 23/04/2024.