Lavado de activos (LA) y financiación del terrorismo (FT)
La Unidad de Información Financiera (UIF) determinó los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que los Sujetos Obligados incluidos en el Artículo 20, inc. 20 de la Ley 25.246, con el alcance que se define en el artículo siguiente, deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados con objetivos criminales de LA/FT. (Resolución N° 99/2023, B.O. N° 35.192 del 16/06/2023).