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ComEx Updates Edición 98

7 de abril de 2025

Impuesto País: procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor de los agentes de percepción – Extienden el plazo para exteriorizar dichos saldos

Teniendo en cuenta que por la Res. Gral. N° 5.638 se instrumentó un procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor del Impuesto PAIS, aplicable exclusivamente a los agentes de percepción y liquidación del mencionado gravamen que ingresaron percepciones en exceso y que -atento la finalización de su vigencia- no pueden compensar los saldos a favor en declaraciones futuras del referido impuesto y que el procedimiento instrumentado se efectiviza mediante un mecanismo de compensación de los saldos a favor contra las obligaciones emergentes del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) considero oportuno extender el plazo para que los referidos agentes de percepción y liquidación exterioricen los mencionados saldos a favor del Impuesto PAIS.

En ese sentido, a través de la Res. Gral. N° 5.669/2025 se determinó que la exteriorización del saldo a favor del Impuesto PAIS podrá realizarse respecto a los meses de diciembre 2024 y enero a abril de 2025, a través del “Sistema de Control de Retenciones (SICORE)” en los términos del artículo 8° de la Resolución General N° 4.659 y complementarias.

Recordemos que anteriormente las fechas de exteriorización eran diciembre 2024/enero a marzo 2025.

Se agrega link a la Res. Gral. N° 5.669/2025 publicada en el B.O. N° 35.639 del 01/04/2025 con plena vigencia a partir de esa fecha:

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