Impuesto País – Excepciones – Energías Renovables
Mediante la Resolución N° 824/2023 fue modificada la Res. N° 714/2023 referente al establecimiento del pago a cuenta del Impuesto PAÍS el que no resultará de aplicación a la importación de bienes con destino a obras vinculadas a la generación de energía eléctrica, cuyos interesados cuenten con financiación del exterior.
En ese sentido, la Secretaría de Energía facultó a la Subsecretaría de Energía Eléctrica a dictar las normas reglamentarias que correspondan para instrumentar la Res. N° 714/2023, debiendo elaborar las nóminas de importadores de las mercaderías que resulten comprendidas en el marco de esa exigencias y previsiones, comunicándolas también a la Aduana.
La Res N° 824/2023 fue publicado en el B.O. N° 35.274 del 09/10/2023.