Impuesto País – Excepción a los proyectos vinculados a la generación de energía eléctrica por fuentes renovables
Mediante la Resolución 195/2024 la Secretaría de Energía incorporó a la nómina de importadores exceptuados a las firmas que en su ANEXO se señalan.
La medida alcanza a la importación de bienes con destino a obras vinculadas a la generación de energía eléctrica por fuentes renovables, cuenten o no con financiación del exterior para efectuar el pago de sus importaciones.
Lo expuesto significa que los importadores detallados en el ANEXO a la resolución aquí comentada, a partir del 08/08/2024 se encontraran exceptuados del impuesto país para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera, para proyectos aplicados al fin antes mencionado.
La Resolución N° 195/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.476 del 06/08/2024.
Para su consulta se agrega link a la citada norma: