Importación: impuesto a las ganancias y al valor agregado – Regímenes de percepción. Excepción. Plazo
La AFIP a través de la Resolución General N° 5.527/2024 prorrogó, las excepciones del pago del IVA Percepción y Anticipo del Impuesto a las Ganancias en las operaciones de importación de diversos tipos de insumos y de determinadas posiciones arancelarias NCM de bienes de primera necesidad, hasta el 31/12/2024.
Recordemos que por la RG AFIP N° 5.490/2024 había exceptuado de ambos impuestos, por el plazo de 120 días corridos (hasta el 16/07/2024 inclusive) a las operaciones de importación de determinadas NCM de primera necesidad.
A esos efectos, dicha Administración Federal informó que al declarar en el despacho de importación debía utilizarse el código de ventaja “EXCLU-IVAAD-GAN”, sobre las posiciones arancelarias alcanzadas.
Luego por la RG AFIP N° 5.501/2024 se incorporó hasta ese vencimiento la excepción “respecto de operaciones de importación de diversos tipos de insumos requeridos por el sector productivo de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas MiPyME) que tengan vigente el CERTIFICADO MiPyME”; habiendo la AFIP comunicado que para aplicar el beneficio en el Sistema Informático Malvina (SIM) debía utilizarse el código de ventaja “PYME-EXC-IVAGAN”.
A continuación, agregamos link a la RG AFIP N° 5.527/2024 publicada en el B.O. N° 35.462 del 17/07/2024 con vigencia a partir de esa fecha: