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ComEx Updates Edición 73

14 de octubre de 2024

Importación – Estampillas: se deroga el régimen de identificación para determinadas mercaderías de origen extranjero

Continuando con el proceso de desregulación que desde el gobierno (Ministerio de Desregulación, Economía, AFIP, Aduana) se aplica al comercio exterior, por la Resolución General N° 5.581/2024, la AFIP eliminó el viejo régimen de identificación para determinadas mercaderías de origen extranjero ingresadas al territorio aduanero, es decir las “estampillas fiscales aduaneras”, así fue derogada la Resolución N° 2.522/1987 y sus modificatorias.

En consecuencia, se aprobó un nuevo esquema de identificación de mercaderías sustentado por medios electrónicos, que en estos momentos, sólo afecta las operaciones de importación de “teléfonos celulares móviles, incluidos los inteligentes, cualquiera sea su origen, a través de la declaración del Código IMEI (International Mobile Equipment Identity).

Del nuevo esquema de identificación de mercaderías destacamos:

1. Se determina el “Sistema Digital de Identificación de Productos” (SiDIP) como régimen único y obligatorio para la identificación por medios electrónicos/digitales de mercaderías nueva o usadas importadas para consumo.

2. La Aduana queda facultada para autorizar las altas, bajas y/o modificaciones sobre las mercaderías que deban ser identificadas al amparó del régimen aquí descripto.

3. Dichas mercaderías serán incorporadas al micrositio “Sistema Digital de Identificación de Productos” (SiDIP) del sitio web de la AFIP e informadas a los operadores de comercio exterior mediante SICNEA, las cuales contarán con un cronograma para la implementación del método a utilizar.

4. También los manuales del desarrollador y los procedimientos de declaración correspondientes se encontrarán disponibles en ese micrositio.

5. En aquellos casos que existan “fallas” en el SiDIP que resulten ajenas al declarante e impidan la transmisión de datos en tiempo y forma u otras fallas de índole informática que imposibiliten las validaciones automáticas, con el objeto de dar curso a las destinaciones, se deberá aplicar el mecanismo de contingencia indicado en el micrositio de la AFIP.

Aclaración:

A tales efectos se habilitará un trámite en el Sistema Informático de Trámites a Distancia (SITA), en el que el sujeto afectado deberá informar las fallas evidenciadas, junto con los restantes datos que se requieran para el análisis del servicio aduanero.

Ni bien contemos con información del presente micrositio la haremos saber.

La RG AFIP N° 5.581/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.522 del 09/10/2024 con vigencia a partir del 10/10/2024, mientras que la implementación de sus disposiciones y los plazos perentorios para la adecuación al sistema serán determinados en el cronograma disponible en el micrositio antes citado.

A continuación, agregamos link a la citada RG con su ANEXO I, toda vez que del mismo pueden consultarse las mercaderías con sus correspondientes posiciones arancelarias NCM:

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