Feria judicial de invierno – Cómputo de plazos – Para aplicar en el procedimiento sobre los sumarios aduaneros, entre otros
La AFIP por medio de la Resolución General N° 5.581/2024 fijó entre los días 15 y 26 de julio de 2024, ambas fechas inclusive, el período a que se refiere el inc. b) del Art. 1° de la RG AFIP N° 1.983/2006.
Lo expuesto, refiere a que entre esas fechas no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de esa Administración Federal.
La RG N° 5.581/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.449 del 27/06/2024 con vigencia a partir de esa fecha.