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ComEx Updates Edición 27

27 de noviembre de 2023

Exportación – Ingreso de divisas – Contravalor excepcional y transitorio – Prórroga

El gobierno mediante el Decreto N° 597/2023 prorrogó hasta el 10/12/2023 inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 549/2023, con las siguientes adecuaciones:

  • Se establece, a partir del 21/11/2023 hasta el 10/12/2023 inclusive, que el contravalor de la exportación de las prestaciones de servicios comprendidas en el inc. c) del apartado 2 del Art. 10 de la Ley 22.415 (Código Aduanero) y modificatorias , y de la exportación de mercaderías comprendidas en la NCM, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones  del exterior o un anticipo de liquidación, deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse , un CINCUENTA POR CIENTO (50%) a través del MLC, debiendo el exportador, por el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.

  • DERECHO DE EXPORTACIÓN: los exportadores de las mercaderías comprendidas en la NCM, alcanzadas por este Decreto, efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos en las condiciones que determina la normativa aplicable, en los plazos que a esos efectos disponga la AFIP, no debiendo superar dicha fecha el 31 de diciembre de 2023, inclusive.

El Decreto 597/2023 fue publicado en el B.O. N° 35.302 del 21/11/2023, con vigencia a partir de esa fecha día de su publicación.

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