Exhibición de precios en dólares
Mediante la Resolución N° 4/2025 la Secretaría de Industria y Comercio estableció que quienes ofrezcan directamente a destinatarios finales bienes o servicios deberán exhibir los precios en moneda de curso legal y forzoso en la REPÚBLICA ARGENTINA – pesos -. Aclarando, además de ser exhibidos en pesos, podrán exhibirse en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera.
También en caracteres tipográficos menores a los utilizados para la exhibición del precio final, deberá indicarse el importe neto sin la incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los demás impuestos nacionales indirectos que impacten en los precios, acompañado de la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”, esta obligación comenzará a regir a partir del 01/04/2025.
La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Industria y Comercio es designada como Autoridad de Aplicación de la presente norma.
La Res. N° 4/2025 fue publicada en el B.O. N° 35.590 del 17/01/2025 de enero de 2025, con plena vigencia a partir de hoy lunes 20 de enero de 2025.
Se agrega link a la mencionada resolución;