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ComEx Updates Edición 73

14 de octubre de 2024

El despachante de aduana deja de ser sujeto obligado – Lavado de activo de origen delictivo – Unidad de Información Financiera (UIF)

El gobierno a través del Decreto N° 891/2024 modificó la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, entre otros aspectos, se establecieron las funciones de la UIF, sus competencias, obligaciones facultades, así como su integración y el modo de designación y remoción de sus máximas autoridades. 

Corresponde destacar que respecto los “despachantes de aduana”, el decreto señala que dejan de ser “SUJETOS OBLIGADOS”, continuando la obligación de entregar informes, documentación, etc. de así requerirlo la UIF.

El argumento que expone dicha Unidad para tomar la medida es que ya existen múltiples sujetos obligados que le informan, con inclusión de los Registros Públicos, de la AFIP y de la Comisión Nacional de Valores (CNV); razón por la cual existen otros recursos encaminados a asegurar que se mitiguen eficazmente los riesgos generados por las actividades referidas a los sujetos obligados, tal como lo señala la Recomendación N° 1 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

El Decreto N° 891/2024 fue publicado en el B.O. N° 35.523 del 10/10/2024 con vigencia a partir del viernes 11 de octubre.

Agregamos link al referido documento por si es de su consulta:

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