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ComEx Updates Edición 65

19 de agosto de 2024

Derecho de exportación de servicios – Régimen de regularización excepcional de obligaciones – Aclaraciones de la afip

Tenemos conocimiento que distintas empresas han recibido notificaciones por parte de la AFIP relacionadas con la “FALTA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE EXPORTACIÓN POR SERVICIOS” exportados.

Aclaración muy importante:

¿Qué se entiende por exportación de prestaciones de servicios?

Se considera exportación de servicios a cualquier prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, entendiéndose por tal a la utilización inmediata o al primer acto de disposición por parte del prestatario.

En ese sentido, dicha Administración Federal indicó a las cámaras representativas del sector que, se impulsa la inducción de las obligaciones correspondientes a “Derechos de Exportación de Servicios” de declaraciones juradas que no han sido conformadas o habiéndose conformado no se han ingresado.

En dichas inducciones se identificó los períodos involucrados y su estado.

Más detalles sobre “Derechos de Exportación de Servicios” se pueden consultar en el micrositio que menciona el Art. 11 de la RG AFIP N° 4.400 :

Además, a la hora de regularizar en el plan de pagos una obligación de Derechos de Exportación de Servicios, observar:

1. Conformar el Formulario 1318 en el Sistema de Cuentas Tributarias, de no haberlo realizado, seleccionando del menú “Transacciones”, la opción “Conformación de Derechos de Exportación”. Luego ingresar con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades”, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”.

2. Ingresar a la solapa “Validación de deuda” y al botón “Agregar Obligación” incorporando ahí los datos de la obligación. 

Aclaración:

Tener en cuenta que el valor adeudado en USD se ingresa en pesos el tipo de cambio vendedor divisa del BNA vigente al cierre del día hábil cambiario anterior.

3. Confirmado el agregado de las obligaciones adeudadas, se debe seleccionar el plan “1333: Ley N° 27743 – Derechos de Exportación de Servicios” y continuar los siete pasos hasta el envío del plan.

4. En el paso 2, en caso de registrar deuda expresada en USD, se podrá editar los intereses calculados a fin de declarar el monto correspondiente a la tasa aplicable.

Agregamos link al Manual de AFIP con el procedimiento a fin de regularizar en un plan de pagos obligaciones de Derechos de Exportación de Servicios:

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