CEF – Septiembre – Estado de situación
Continuando con lo anticipado en el ComExt Updates N° 14/Agosto, y observando que el CEF cambio para muchas empresas (viernes 01/09 a las 10.00 hs, unas 350 empresas tenían asignado nuevo CEF), se torna de suma importancia que los importadores observen si su CEF cambio mediante el ingreso a la página web de la AFIP en el Sistema Registral mediante Clave Fiscal, toda vez que el CEF ahora asignado por la AFIP será el que marque su escenario de negocio durante todo el mes en curso.
Atento las consultas recibidas sobre disconformidad en la valoración del CEF, cabe destacar y recordar que las opciones que se presentan son:
- CUIT/Operación por fuera del Universo CEF (cuando no tienen un límite para poder operar)
- CEF con un valor en $
- CEF 1(uno)
- CUIT en proceso de calificación CEF
En ese sentido es muy IMPORTANTE tener en cuenta que el valor que tienen de CEF de SEPTIEMBRE se encuentra afectado por:
- SIMI en estado SALIDA
- SIRA es estado OFICIALIZADA, SALIDA, OBSERVADA
- SIRASE en cualquier estado que no sea ANULADA
- SIMI y SIRA en estado CANCELADA durante el mes de SEPTIEMBRE ocupa CEF en SEPTIEMBRE y libera en OCTUBRE
- SIMI y SIRA en estado ANULADA por el paso del tiempo (91 días desde que pasaron al estado SALIDA o 181 días si tuvieron prórroga) libera al mes siguiente, es decir en OCTUBRE
- Si anulan ustedes una SIRA o una SIMI libera cupo en 48 hs.
Otra cuestión a tener en cuenta respecto a la valorización del CEF, para aquellas empresas que realizan operaciones de exportación, es que deben observar sus ingresos de divisas. Es decir, que la asignación CEF 1 también podría encontrarse vinculada a la falta de pago de exportaciones (liquidación).
De continuar con problemas con su CEF, recuerden que pueden pedir REPROCESO, pero sólo una vez por mes y que antes de hacerlo deberán haberse asegurado que tienen todas las DDJJ presentadas antes justamente de pedir reproceso. Después pueden manifestar DISCONFORMIDAD, procedimiento que se realiza en la web de la AFIP.
Para el supuesto de tener CEF 1 por falta de pago de pago de exportaciones, el área de Fiscalización de la AFIP indicó que en el inicio del proceso de DISCONFORMIDAD se deberán adjuntar los pagos e inmediatamente se generará el reproceso.
Además, de aplicarse estos mecanismos deberán asistir en forma presencial a la DGI del domicilio que les corresponde por jurisdicción.