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ComEx Updates Edición 62

29 de julio de 2024

BCRA: importantes avances en el proceso de liberación del mercado cambiario

Tal como lo adelantamos en mail del miércoles 24 de julio, el BCRA dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, cuyo objetivo final es la eliminación total de las restricciones.

En esa dirección, a través de la Comunicación “A” 8074 se permitió a los clientes que no clasifiquen como MiPyMe, puedan pagar nuevas operaciones de importación de despachos oficializados a partir del 01/08/2024, con un esquema de 50% a los 30 días y 50% a los 60 días, siempre que no tengan otra excepción normada.

De esta forma se reduce el esquema anterior (4×25) de 25% a los 30 días, 25% a los 60 días, 25% a los 90 días y 25% a los 120 días.

Es decir que a partir del 1° de agosto el acceso al MLC para pagar al exterior se hará en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días del ingreso aduanero, por el 50% cada una. Cabe destacar que este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.

La medida tiene un doble efecto positivo:

  • Contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas que importan afrontar menos carga financiera, y
  • Reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obliga a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo.

También se reduce el plazo de pago para automóviles terminados (subpartida 8703 de la NCM) y bienes del punto 12.1. (bienes suntuarios, ciclomotores, aeronaves, entre otros) de las Normas de Ext. y Cambios., de 180 días a 90 días, siempre para nuevas importaciones a partir del 01/08/2024.

Además, se aumenta el límite máximo de la excepción de liquidación de divisas, para cobros por prestación de servicios por parte de residentes a no residentes, a USD 24.000 x año calendario (recordemos que antes era de USD 12.000). Es decir que ahora se permite cobrar hasta USD 24.000 x año calendario en cuentas locales en dólares sin obligación de liquidarlos.

En otra Comunicación, la 8073, dicho Banco Central eliminó a partir del 24 de julio las exclusiones del punto 4.3.2. de las Normas de Ext. y Cambios. para acceder al dólar MEP y CCL (títulos valores y otros activos de los puntos 3.16.3.1. y 3.16.3.2. de las citadas normas.

Con esta medida se quitaron las restricciones que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos, quedando habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar operaciones inmobiliarias.

A continuación, agregamos link del BCRA para acceder a las Comunicaciones antes citadas: 

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