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ComEx Updates Edición 76

4 de noviembre de 2024

BCRA: Exportación – Flexibilizan pago de fletes

A través de la Comunicación “A” 8122 el BCRA flexibilizó el acceso al mercado para el pago de los fletes relacionados con las operaciones de exportación, específicamente sobre el código de concepto “S31”.

La citada Comunicación incorpora el siguiente párrafo al punto 13.2. del Texto Ordenado de Exterior y Cambios referente a los “Pagos de servicios que fueron o serán prestados o devengados a partir del 13/12/2023”:

“13.2.x.  El pago corresponde a una operación que encuadra en el concepto “S31. Servicios de fletes por operaciones de exportaciones de bienes” en la cual los fletes forman parte de la condición de venta pactada con el comprador de los bienes y se concreta una vez que la exportación cuenta con el cumplido de embarque otorgado por la Aduana”.

Recordemos que los fletes relacionados con exportaciones se cancelaban, en general, una vez pasados los 30 días de la real prestación del servicio, es decir cuando la mercadería llegaba a destino.

Ahora, de acuerdo con la Com. “A” 8122, cuando los fletes se encuentren incluidos en la condición pactada con el comprador (por ej. CFR, CIP, CIF) podrán cancelarse al momento en que la operación de exportación tiene asignado por la Aduana el respectivo cumplido de embarque.

A continuación, agregamos link a la mencionada Comunicación:

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