BCRA – Comunicación “A” 7838 – Nueva DDJJ para acceder al MLC
El BCRA a través de la Com. “A” 7838 agregó una nueva DDJJ para acceder al MLC.
En ese sentido las entidades financieras deberán incorporar a la DDJJ que firman las empresas para acceder al mercado de cambios que NO realizaron, ni lo hicieron sus directores y accionistas, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, operaciones de títulos valores con liquidación en moneda extranjera.
La norma vigente establece que si una firma accede al mercado de cambios, esa firma, su controlada o controlantes, sus directores y accionistas NO pueden realizar operaciones de liquidación de activos en moneda extranjera, durante un lapso de 90 o 180 días, según el instrumento, previos y posteriores al acceso al mercado de cambios.
También el Banco Central manifiesta que la precisión dispuesta por su Directorio señala que esa restricción ha operado siempre de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros.
(Referencias: Comunicaciones “A” 7772, 7746, 7586 y 7552).