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ComEx Updates Edición 23

30 de octubre de 2023

BCRA: Cobertura para pymes importadoras. Importaciones “Dólar Linked”

A través de la Comunicación “A” 7874 el BCRA, para los IMPORTADORES de bienes que clasifiquen como MiPyMes, habilitó la posibilidad de depositar en cuentas remuneradas en base a la evolución del Tipo de Cambio oficial, hasta el equivalente en pesos de la suma de:

  1. El monto facturado según la condición de compra que se encuentra pendiente de pago para las importaciones de bienes con registro aduanero de bienes entre el 01/01/2023 y el 26/10/2023, que constan a su nombre en el SEPAIMPO.

Aclaración: en aquellos casos en los cuales el comprador al exterior vende los bienes localmente a un tercero que oficializa el registro aduanero del ingreso de los bienes (punto 10.6.4. de las normas de Exterior y cambios), el monto pendiente por las importaciones podrá ser computado a nombre de quien efectivamente realizó la compra de los bienes al exterior en la medida que tal situación haya sido registrada ante el BCRA.

2. El monto pendiente de cancelación por las financiaciones asociadas a importaciones de bienes habilitadas para la aplicación de cobros de exportaciones de bienes encuadradas en el mecanismo previsto en la Com. “A” 7770 y complementarias, cuya fecha de origen haya tenido lugar hasta el 26/10/2023.

Cabe destacar que quedan excluidas las importaciones de bienes alcanzadas en el punto 10.10.2. de las normas de Exterior y cambios, es decir los “bienes suntuarios” que tienen plazo mínimo de pago de 365 días desde fecha del despacho a plaza.

De acuerdo a lo expuesto, los bancos quedan obligados a ofrecer cuentas especiales en Pesos, cuya retribución se determinará en función de la evolución del TC de referencia de la Com. “A” 3500. 

Las entidades financieras al momento de realizar la acreditación de fondos exigirán: 

  • Una certificación respecto al monto pendiente de cancelación emitida, según corresponda, por la entidad encargada del SEPAIMPO o por la entidad encargada del seguimiento de la operación de financiación en el marco del “Seguimiento de anticipos y otras financiaciones de exportación de bienes”.
  • Una DDJJ del cliente dejando constancia de que en ningún momento la suma depositada con imputación a una operación podrá exceder el monto equivalente al monto pendiente de pago de la correspondiente operación.

La operatoria aquí analizada significa que las pequeñas y medianas empresas que importan insumos y bienes de capital para sus actividades productivas podrán constituir un depósito a la vista remunerado por la variación del dólar oficial (dólar linked) desde el momento del despacho a plaza y hasta la fecha de efectivo pago, por hasta el monto total del pago que debe realizar.

De esta manera las PyMES podrán tener una cobertura de simple y fácil acceso. Las PyMes deberán tramitar la cuenta en el mismo banco con el que realizan las operaciones de comercio exterior.

Nota: de utilizar este producto consultar con el banco con el que atienden las operaciones de comercio exterior.

Por último, corresponde mencionar que este producto es para la importación de bienes, no de servicios.

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