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ComEx Updates Edición 25

13 de noviembre de 2023

Placas y baldosas cerámicas: Constancia de inicio de trámite – Las certificadoras ya entregando su constancia de trámite

Hemos tomado conocimiento que los Organismos de Certificación y reconocidos por la Secretaría de Comercio para actuar de acuerdo con el marco de la Res. 910/2021 que refiere al Reglamento de Seguridad para Placas y Baldosas Cerámicas, ya se encuentran recepcionando las solicitudes para la emisión de la “Constancia de Inicio de Trámite” que se exige a partir del 30/10/2023, para las mercaderías alcanzadas en ese régimen.

En ese sentido, el IRAM difundió entre sus clientes una paper donde detalla los procedimientos para dicho otorgamiento.

De lo expuesto, las empresas interesadas en obtener dicha “Constancia” deberían contactar al área comercial del IRAM para tomar conocimiento de las exigencias que se deberán cumplir para obtener ese documento.

Algunos de los requisitos que en principio deberán presentar sobre el detalle de todas las mercaderías que se pretendan importar y que en consecuencia formarán parte de la “Constancia”, son:

  • Marca | Modelo (nombre y n° de artículo) | Fabricante | Planta de fabricación – Origen | Proceso productivo (por extrusión o prensado en seco)
  • Tipo de baldosa, cerámica o porcelanato | Medidas de fabricación | Medidas nominales
  • Naturaleza de la superficie (GL – UGL)
  • Grupo de grado de absorción (Ala, Alb, Alla, Allb, AIII, BIII)

Con esta información el IRAM determinará la cantidad de familias que se conformarán y emitirá un presupuesto por la emisión de la “Constancia”.

Conjuntamente solicitará documentación legal para la apertura de la Orden de Trabajo y aceptadas las condiciones otorgará la “Constancia”, la que luego deberá ser presentada en el TAD ante la DNRT a través del trámite “Constancia de Inicio de Reglamentos Técnicos”.

Aceptada esta última presentación, la empresa/interesado estará en condiciones de realizar la importación.

Aclaración: dicha constancia tendrá validez hasta el 28/01/2024, a partir de esa fecha se deberá presentar un CERTIFICADO DE PRODUCTO, ya sea por Lote o de Marca de Conformidad.

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