Garantías – Modificaciones
Mediante la Resolución General N° 5.633/2025 la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la RG AFIP N° 3.885 que refiere a las GARANTÍAS otorgadas por los usuarios de Comercio Exterior (IMEX, Despachantes de Aduana, Agentes Aduaneros de Transporte, etc.) en resguardo del cumplimiento de obligaciones fiscales.
La citada norma específicamente trata del régimen aplicable para la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías otorgadas en resguardo del crédito fiscal originado en los tributos, impuestos, multas, recursos de la seguridad social, tasas, derechos y otras cargas cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentre a cargo de la mencionada Agencia, incluyendo las destinadas a sustituir medidas cautelares preventivas.
La Res. Gral. N° 5.633/2025 fue publicada en el B.O. N° 35.586 de hoy 13 de enero de 2025, con plena vigencia a partir de esa fecha.
Se agrega link a la mencionada resolución general con sus ANEXOS sobre las operaciones y obligaciones garantizables (Cuadro I: Tipos de Garantías Aceptables. Cuadro II: Montos de solvencia y garantía exigibles a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y prestadores de servicios de recaudación), cuadros que consideramos de importante consulta a la hora de operar: