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ComEx Updates Edición 37

5 de febrero de 2024

Listado de sustancias que agotan la capa de ozono

Mediante la Resolución N° 15/2024 fue aprobado el LISTADO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS SUJETAS A CUPOS DE IMPORTACIÓN en el marco del Decreto N° 1609/2004, (ver ANEXO I en el link).

A través de la citada norma se aprueban las medidas de control de las sustancias controladas sobre las cuales deberán otorgarse cuotas de importación (ver ANEXO II en el link).

Todos los Importadores/Exportadores alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 4 del Decreto N° 1609/2004, así como toda persona física o jurídica interesadas en importar o exportar sustancias alcanzadas por la citada resolución deberán realizar su registro ante el REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (RIESAO), previsto en el Artículo 3 del mencionado Decreto, que funciona en el ámbito del PROGRAMA OZONO del Ministerio del Interior. Debiendo incorporarse al mismo a través del Sistema de Licencias, en el sitio web: https://sao.ambiente.gob.ar

Así, para obtener la LICENCIA DE IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN, serán necesarias las siguientes condiciones:

  1. Estar debidamente inscripto en el RIESAO
  2. Completar el formulario de solicitud correspondiente a la operación que se encuentre en el sitio web del SISTEMA DE LICENCIAS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
  3. Completar el trámite en el Sistema TAD bajo el título de SOLICITUD LICENCIA DE IMPORTACIÓN SAO y SOLICITUD LICENCIA DE EXPORTACIÓN SAO
  4. De tratarse de sustancias controladas sujetas a cupo, deberá contar previamente con una asignación de cuota con las excepciones contempladas en el Artículo 20 de la resolución en análisis.  

Aclaración importante:

Aquellas licencias otorgadas para el período 2023 NO serán válidas para el período 2024.

La Resolución N° 15/2024 fue publicada en el B.O. N° 35.353 del 31/01/2024.

VIGENCIA: rige a partir del 01/01/2024.

Agregamos link con la Res. N° 15/2024 y sus dos ANEXOS I y II:

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