Impuestos internos: Se actualizan tasas del gravamen y las bases imponibles que resultarán exentas y aquellas sobre las que deberán tributar los bienes comprendidos
Mediante el Decreto N° 84/2024 el Poder Ejecutivo actualizó los parámetros de los IMPUESTOS INTERNOS sobre VEHÍCULOS y MOTOS de mayor monto.
- Bienes comprendidos en los incisos a), b) y d) del Artículo 38 de la Ley 24.674, para los automóviles se empieza a aplicar a partir de un precio de venta sin impuestos de $19.826.151.
Los vehículos con valores superiores a ese monto e inferiores y hasta $36.602.126 abonarán una tasa del 20% y si superan ese precio, tendrán una alícuota del 35%.
- Bienes comprendidos en el inciso c) del Artículo 38 de la citada ley, las motos no tributarán si su precio es inferior a $5.324.463; pagarán 20% entre ese valor y $6.826.234 y 30% si superan ese monto.
Los valores se actualizarán en forma trimestral a partir de abril de 2024 en función del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) del INDEC.
Vigencia: desde el 25/01/2024, surtiendo efecto para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 25/01/2024 hasta el 31/12/2024, ambas fechas inclusive.
El Decreto N° 84/2024 fue publicado en el B.O. N° 35.349 del 25/01/2024.
Se agrega link con el Decreto en análisis: